Preguntas frecuentes
FESBAL desea aclarar cualquier duda que pueda surgir respecto a las tareas y funcionamiento de nuestra organización, por tanto, consideramos oportuno aprovechar esta página para responder a las preguntas frecuentes más formuladas por el público.
Para nosotros, la claridad y la transparencia son esenciales
para llevar a cabo nuestra labor social de cara al público, a nuestros donantes, a las instituciones públicas y privadas y a los receptores.
¿Los Bancos de Alimentos reparten directamente los alimentos?
Si quiero ser beneficiario, ¿dónde puedo obtener esta ayuda?
Respuesta: No.
Los Bancos de Alimentos son entidades benéficas que, actuando como centros de distribución mayorista, se encargan de captar recursos, tanto en forma de alimentos como económicos, procedentes de donaciones de particulares, e instituciones públicas y privadas, con el apoyo de FESBAL.
Estos recursos se utilizan posteriormente para el reparto de alimentos y la cobertura de necesidades de entidades receptoras e instituciones caritativas (OARs), siendo éstas las que reparten los alimentos directamente a los beneficiarios finales.
Respuesta:
Si eres una persona física que necesita ayuda de alimentos, deberás ponerte en contacto con tu Banco de Alimentos más cercano, que te indicará la entidad benéfica más próxima a tu domicilio.
Si eres una ONG u otro tipo de institución caritativa, legalmente constituida, deberás solicitar de un Banco de Alimentos la acreditación correspondiente para recibir ayudas públicas o privadas de alimentos.
¿Se pueden comprar o vender los alimentos donados por los Bancos de Alimentos?
Respuesta: No, bajo ningún concepto.
Todos los alimentos procedentes de los Bancos de Alimentos, ya sea procedentes de las donaciones ordinarias, de ayudas públicas (FEAD, FEGA) o de cualquier otra naturaleza tienen prohibida su venta.
Los alimentos repartidos tienen la finalidad de atender exclusivamente los fines sociales de las entidades receptoras socialmente valoradas y que cumplan los requisitos legales establecidos por la Administración Pública.
El uso ilícito de los alimentos procedentes de los Bancos de Alimentos por parte de las entidades receptoras pueden suponer su expedientación inmediata, retiro de la asignación de alimentos y la exigencia de responsabilidades legales.
Preguntas frecuentes sobre la institución
¿Cuál es la relación entre FESBAL y los Bancos de Alimentos?
Respuesta: La Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) aglutina y apoya a los Bancos de Alimentos asociados en su lucha contra el hambre y el desperdicio de alimentos en la sociedad, además de contribuir a la mejora del medio ambiente.
Esta Federación está compuesta por 54 Bancos de Alimentos asociados de toda la geografía española que desempeñan sus labores como entidades benéficas mayoristas de reparto de alimentos ante las entidades benéficas receptoras.
Las actividades de la Federación se enmarcan en representar a los Bancos de Alimentos ante cualquier institución pública o privada nacional e internacional, así como coordinar y facilitar toda la ayuda que necesiten en la medida de lo posible, entre otras funciones.
¿Cuál es la relación entre FESBAL y entidades confesionales (la Iglesia)?
Respuesta: Por virtud de nuestro Código de Buenas Prácticas, la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) se declara una organización apolítica y aconfesional (art.1). Asimismo, los Bancos de Alimentos actúan con neutralidad en la distribución de alimentos, sin realizar discriminación alguna de carácter político, social o religioso (principios de actuación).
A fin de garantizar la mayor transparencia en el reparto, ni la Federación ni los Bancos de Alimentos poseen poder alguno para decidir el destino de los alimentos a una entidad determinada: cualquier entidad solicitante legalmente reconocida (en virtud de la Ley Orgánica 1/2002 del derecho de asociación), valorada organizativa y socialmente por la Administración Pública y que cumpla los compromisos éticos y de transparencia establecidos por FESBAL, puede percibir esta ayuda. Los Bancos simplemente reparten en función de la compatibilidad entre la solicitud y los requisitos legales establecidos, encontrándose obligados a responder a cualquier solicitud con igualdad de oportunidades y sin discriminación.
Por lo tanto, no existe ninguna relación especial entre los Bancos de Alimentos y las entidades confesionales, entre ellas las de la Iglesia Católica o las no confesionales, más que la que puede existir entre un centro mayorista de distribución y una entidad receptora de reparto. Entre las entidades confesionales, predominan las pertenecientes a la Iglesia Católica por su mayor implantación en el territorio español, pero ello no influye en ninguna manera en los criterios de atención a cualquiera de las entidades solicitantes.
Preguntas frecuentes sobre transparencia
¿Quién o qué regula la transparencia de FESBAL?
Respuesta: FESBAL somete su actividad a controles rigurosos de la Administración Pública y encarga auditorias anuales de sus cuentas, que presenta, para su aprobación, ante la Asamblea General de los 54 Bancos de Alimentos federados.
Asimismo es la Fundación Lealtad, organismo líder de control de transparencia de ONGs en España quien realiza un control exhaustivo de los procedimientos y funcionamiento de FESBAL para que sean los más transparentes y claros posibles.
En 2016 FESBAL recibió el sello de la Fundación Lealtad que la acredita como ONG que cumple íntegramente los 9 Principios de Transparencia y Buenas Prácticas.
¿Perciben remuneración económica los miembros de FESBAL?